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lunes, 3 de junio de 2013

Solo 4 y 3 años de prisión para los represores que cometieron vejámenes contra los hermanos Iaccarino



En fallo dividido, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de La Plata, integrado por los jueces Carlos Rozanski, Pablo Vega y Pablo Jantus,  condenó a los ex policías Jorge Rómulo Ferranti y Bruno Trevisán a las penas de 4 y 3 años de prisión, respectivamente, por las vejaciones y severidades de las que fueran víctimas los hermanos Alejandro, Carlos y Rodolfo Iaccarino.

En la sentencia conocida hoy por la tarde el juez Carlos Rozanski votó en disidencia con los otros dos jueces. En la audiencia anterior el fiscal Hernán Schapiro y las querellas habían pedido entre 11 y 13 años de prisión para los dos represores. Se fijó para el próximo lunes 10 de junio, a las 16, la audiencia para la lectura de los fundamentos.

Trevisan y Ferranti, fueron jefe y subjefe de la Brigada de Investigaciones de Lanús, donde funcionó el centro clandestino de detención "El Infierno". Trevisan se negó a hacer uso del derecho a efectuar unas últimas palabras, por su parte Ferranti sí lo hizo y negó su participación en los secuestros y tormentos sufridos por los hermanos Iaccarino.

Alejandro Iaccarino le dijo a Télam que la condena era una injusticia y que "como hombres normales y comunes vemos que hay una terrible injusticia que se da luego de haber presentado durante más de 30 años la prueba que hemos hecho y que es irrefutable". Las querellas y el Ministerio Público fiscal recurrirán la sentencia.

jueves, 11 de abril de 2013

Satisfacción por el fallo que condena a La Nación por violencia de género


La Secretaría de Derechos Humanos de CTERA ve con satisfacción el fallo de la Sala I de la Cámara Laboral que condenó al diario La Nación por violencia de género y acoso moral padecido en el trabajo contra una de sus empleadas. 

La Cámara Laboral, en una sentencia con las firmas de las juezas Gabriela Alejandra Vázquez y Gloria Pasten, confirmó la indemnización de casi 600 mil pesos a una trabajadora que fue maltratada por sus superiores y compañeros de trabajo “funcionalmente pares”. La Nación le ofreció un retiro voluntario en 2005, al no aceptarlo la trabajadora comenzó a sufrir “discriminación, acoso laboral y presión dirigida a su desvinculación, hechos todos éstos que, según asevera, fueron los que desencadenaron que el 25 de febrero de 2009 padeciera un ataque de pánico en el comedor de la firma y un posterior cuadro de estrés que la obligó a tomar licencia por enfermedad psiquiátrica” (del Fallo).

En abril del 2009 la empresa comunicó el despido de la mujer, y ella comenzó la demanda por su despido. Tras la sentencia de primera instancia, La Nación apeló el fallo argumentando que “el juez de primera instancia valoró equivocadamente la prueba producida”.

En la investigación llevada a cabo en la causa se constató que incluso le habían cambiado el nombre a la trabajadora “porque había otra empleada con ese nombre y el jefe o supervisor no quería que hubiera dos personas con el mismo nombre”.

Al tiempo el fallo explica que La Nación no mostró “pruebas que acrediten que desarrolla su actividad con apego al cumplimiento de los estándares internacionales de derechos humanos referidos a la igualdad entre varones y mujeres en materia de empleo”.

“El caso en examen nos enfrenta a una situación de estigmatización cultural que, en el ámbito laboral, asigna territorios, roles y jerarquías diferenciadas a varones y mujeres”, dijo el fallo firmado por las magistradas.

martes, 2 de octubre de 2012

Mar del Plata: Condenas a prisión perpetua a seis genocidas por crímenes de lesa humanidad

Las fotos de los genocidas, en la valla de seguridad
Desde la Secretaría de Derechos Humanos de la CTERA expresamos nuestra satisfacción por el fallo del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, por el cual se sentenció a prisión perpetua a seis genocidas por delitos de lesa humanidad, cometidos durante la dictadura cívico militar en esa ciudad. Otros seis imputados fueron sentenciados a penas de entre 25 y 5 años de prisión. En el juicio, en el que se investigaron violaciones de los derechos humanos contra de 85 víctimas, fueron sentenciados a perpetua el ex general Alfredo Manuel Arrillaga, los ex coroneles Leandro Edgar Marquiegui, Eduardo Jorge Blanco y Jorge Luis Toccalino, el ex comodoro Ernesto Alejandro Agustoni y el ex vicecomodoro José Carmen Beccio.
 
El tribunal integrado por los jueces Alfredo Ruíz Paz, Lidia Soto y Elvio Osores Soler dictó, además, condenas de 25 años de prisión para el ex coronel Fortunato Valentín Rezett, 12 para el ex comisario Ernesto Orosco, 7 para el ex submcomisario Héctor Francisco Bicarelli, 5 para el ex coronel Héctor Carlos Cerutti, el ex oficial principal Mario Jorge Larrea y Nicolás Miguel Cafarello, ex integrante de la CNU (Concentración Nacional Universitaria). En tanto que resultaron absueltos Aldo José Sagasti y Marcelino Blaustein. En el fallo se resolvió poner a disposición del Servicio Penitenciario Federal a los genocidas condenados, revocando las prisiones domiciliarias que beneficiaban a 9 imputados.

Los delitos en perjuicio de 85 víctimas fueron cometidos en la Comisaría Cuarta de Mar del Plata, en el Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio “La Cueva” (ubicado en el ex radar Base Aérea Mar del Plata), en la Comisaría Primera de Necochea y en la Subcomisaría Villa Díaz Vélez, también de esta última ciduad.

miércoles, 19 de septiembre de 2012

Robo de bebés: Los fundamentos de la condena a Videla, Acosta y otros 7 genocidas


El Tribunal Oral Federal Nº 6 integrado por los por los jueces María del Carmen Roqueta, Julio Luis Panelo y Domingo Luis Altier dará a conocer los fundamentos del fallo por el que se condenó a nueve  militares y civiles en el marco de la causa conocida como “Plan Sistemático”, en donde se investigaron más de 30 hechos de apropiación de menores durante la última dictadura militar.
El apropiador Victor Gallo

En aquella sentencia fueron sentenciados los genocidas Jorge Rafael Videla (50 años), Antonio Vañek (40 años), Jorge "El Tigre" Acosta (30 años), Santiago Omar Riveros (20 años), Reynaldo Benito Bignone (15 años de prisión), Víctor Gallo (15 años), Juan Antonio Azic (14 años), Jorge Luis Magnacco (10 años). Mientras que Inés Susana Colombo, esposa del militar retirado Víctor Gallo y co-apropiadora de Francisco Madariaga fue condenada a 5 años de prisión.

En sus argumentos los jueces consideraron que son “delitos de lesa humanidad, implementados mediante una práctica sistemática y generalizada de sustracción, retención y ocultamiento de menores de edad, haciendo incierta, alterando o suprimiendo su identidad, en ocasión del secuestro, cautiverio, desaparición o muerte de sus madres en el marco de un plan general de aniquilación que se desplegó sobre parte de la población civil con el argumento de combatir la subversión, implementando métodos de terrorismo de estado durante los años 1976 a 1983 de la última dictadura militar”.


martes, 28 de agosto de 2012

Fallo de Casación: declaran la inconstitucionalidad de la perpetuas a menores de edad

Inst. Luis Agote
Desde la CTERA recibimos con satisfacción el fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal, que declara inconstitucionales las sentencias a prisión perpetua dictadas contra Lucas Matías Mendoza, Claudio David Núñez y César Alberto Mendoza, cuando éstos tenían entre 16 y 17 años. Consideramos, no obstante, que este fallo llegó con una década de retraso.


La Cámara de Casación hizo lugar a los planteos de inconstitucionalidad 16 años después, en un extenso fallo de 107 folios, firmado por las juezas Ester Ledesma y Ana María Figueroa y el juez Alejandro Slokar. Los magistrados consideraron que las sentencias dictadas estos jóvenes incurrían en el incumplimiento de tratados internacionales de derechos humanos incorporados a nuestra legislación. Precisamente, el fallo declaró inconstitucional el artículo 80 inciso 7° del Código Penal - en relación a la prisión perpetua prevista para niños, niñas y adolescentes-, al que consideró violatorio de la Convención de los Derechos del Niño y del principio de culpabilidad. 

Durante más de una década, mientras estos tres jóvenes cumplían una condena inconstitucional, se vulneraron sus derechos de manera sistemática, exponiéndoselos a tratos crueles y torturas. Las sentencias a prisión perpetua, dictadas a finales de los años noventa y principios del nuevo milenio, recayeron sobre estos jóvenes en medio de un clima social, político y mediático favorable a la implementación de políticas de seguridad antidemocráticas.


Torturas en la cárcel de San Felipe, Mendoza, año 2011

Los casos estuvieron en el eje del informe del año 2010 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Informe 172/10). Allí además quedaron expuestas las riesgosas condiciones en las cárceles del país y la violación sistemática de derechos humanos en ellas.



En estas mismas cárceles falleció Ricardo David Videla Fernández, para quien nunca llegó el fallo. Videla, también condenado a prisión perpetua por la Cámara Penal de Menores de Mendoza de cumplimiento, apareció muerto en 2005, a los 20 años. En un pedido de hábeas corpus firmado por el propio Videla decía “el personal penitenciario me amenaza constantemente y existe una persecución psicológica por parte de ellos y aclaro que las amenazas que recibo son ‘graves’ y que las daré a conocer en su presencia”. A pesar que la investigación no lo convalidó, la versión de los guardiacárceles que afirma que fue un suicidio fue la que tuvo difusión mediática.


El de Lucas Mendoza es un caso que también merece mencionarse quizá porque desde que salió del Instituto Agote lo “pasearon” por varios penales: Caseros, Marcos Paz, Devoto, Ezeiza, Neuquén y Ezeiza de nuevo. Junto a Claudio Núñez, fue uno de las primeros menores en recibir prisión perpetua en incumplimiento con los citados tratados internacionales.

Cuando se conocieron aquellas sentencias, distintos organismos de derechos humanos entre ellos la Confederación de Trabajadores de Educación de la República Argentina, reclamábamos que los dictámenes de primera instancia no cumplían con la Convención sobre los Derechos del Niño y el principio de culpabilidad. En aquel momento, a partir de la destacada labor de abogados vinculados a centros de estudio y organismos de derechos humanos – en particular el de Claudia Cesaroni – exigimos la conmutación de las penas de los menores imputados. 


Desde la CTERA seguimos exigiendo que la justicia se expida sobre los casos de: Cristián Saúl Roldán Cajal (27 años, ocho de prisión) condenado por la Cámara Penal de Menores de Mendoza quien se encuentra cumpliendo prisión perpetua en la Penitenciaría de Mendoza, que tiene denuncias ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y ante la Corte Interamericana de DD.HH. por las pésimas condiciones de detención; y de Diego Arce (24 años, siete de prisión) condenado por la Cámara Penal de Menores de Mendoza a Prisión Perpetua, alojado en la misma penitenciaría que Roldán. 




Buenos Aires, 25 de agosto de 2012

Secretaría de Derechos Humanos
CTERA

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