martes, 28 de agosto de 2012

Fallo de Casación: declaran la inconstitucionalidad de la perpetuas a menores de edad

Inst. Luis Agote
Desde la CTERA recibimos con satisfacción el fallo de la Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal, que declara inconstitucionales las sentencias a prisión perpetua dictadas contra Lucas Matías Mendoza, Claudio David Núñez y César Alberto Mendoza, cuando éstos tenían entre 16 y 17 años. Consideramos, no obstante, que este fallo llegó con una década de retraso.


La Cámara de Casación hizo lugar a los planteos de inconstitucionalidad 16 años después, en un extenso fallo de 107 folios, firmado por las juezas Ester Ledesma y Ana María Figueroa y el juez Alejandro Slokar. Los magistrados consideraron que las sentencias dictadas estos jóvenes incurrían en el incumplimiento de tratados internacionales de derechos humanos incorporados a nuestra legislación. Precisamente, el fallo declaró inconstitucional el artículo 80 inciso 7° del Código Penal - en relación a la prisión perpetua prevista para niños, niñas y adolescentes-, al que consideró violatorio de la Convención de los Derechos del Niño y del principio de culpabilidad. 

Durante más de una década, mientras estos tres jóvenes cumplían una condena inconstitucional, se vulneraron sus derechos de manera sistemática, exponiéndoselos a tratos crueles y torturas. Las sentencias a prisión perpetua, dictadas a finales de los años noventa y principios del nuevo milenio, recayeron sobre estos jóvenes en medio de un clima social, político y mediático favorable a la implementación de políticas de seguridad antidemocráticas.


Torturas en la cárcel de San Felipe, Mendoza, año 2011

Los casos estuvieron en el eje del informe del año 2010 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Informe 172/10). Allí además quedaron expuestas las riesgosas condiciones en las cárceles del país y la violación sistemática de derechos humanos en ellas.



En estas mismas cárceles falleció Ricardo David Videla Fernández, para quien nunca llegó el fallo. Videla, también condenado a prisión perpetua por la Cámara Penal de Menores de Mendoza de cumplimiento, apareció muerto en 2005, a los 20 años. En un pedido de hábeas corpus firmado por el propio Videla decía “el personal penitenciario me amenaza constantemente y existe una persecución psicológica por parte de ellos y aclaro que las amenazas que recibo son ‘graves’ y que las daré a conocer en su presencia”. A pesar que la investigación no lo convalidó, la versión de los guardiacárceles que afirma que fue un suicidio fue la que tuvo difusión mediática.


El de Lucas Mendoza es un caso que también merece mencionarse quizá porque desde que salió del Instituto Agote lo “pasearon” por varios penales: Caseros, Marcos Paz, Devoto, Ezeiza, Neuquén y Ezeiza de nuevo. Junto a Claudio Núñez, fue uno de las primeros menores en recibir prisión perpetua en incumplimiento con los citados tratados internacionales.

Cuando se conocieron aquellas sentencias, distintos organismos de derechos humanos entre ellos la Confederación de Trabajadores de Educación de la República Argentina, reclamábamos que los dictámenes de primera instancia no cumplían con la Convención sobre los Derechos del Niño y el principio de culpabilidad. En aquel momento, a partir de la destacada labor de abogados vinculados a centros de estudio y organismos de derechos humanos – en particular el de Claudia Cesaroni – exigimos la conmutación de las penas de los menores imputados. 


Desde la CTERA seguimos exigiendo que la justicia se expida sobre los casos de: Cristián Saúl Roldán Cajal (27 años, ocho de prisión) condenado por la Cámara Penal de Menores de Mendoza quien se encuentra cumpliendo prisión perpetua en la Penitenciaría de Mendoza, que tiene denuncias ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y ante la Corte Interamericana de DD.HH. por las pésimas condiciones de detención; y de Diego Arce (24 años, siete de prisión) condenado por la Cámara Penal de Menores de Mendoza a Prisión Perpetua, alojado en la misma penitenciaría que Roldán. 




Buenos Aires, 25 de agosto de 2012

Secretaría de Derechos Humanos
CTERA

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