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martes, 27 de agosto de 2013

La fuga de los genocidas De Marchi y Olivera ¿Quién es el juez Miguel Ángel Gálvez?


En el caso del juez federal Miguel Angel Gálvez, recientemente se publicó en Página 12 una entrevista donde él mismo justificó su decisión de que los represores Olivera y De Marchi fueran llevados al Hospital Militar Central. El dijo "que no revisó el expediente, porque entendía que ya estaba en conocimiento de Rago Gallo y que se limitó a firmar el escrito" y que "no recordaba el motivo invocado por los condenados". Cabe preguntarse si no es -por lo menos- extraño que un juez federal con competencia electoral desde hace 14 años (fue nombrado en 1999), haga esta justificación, conociendo quienes eran los personajes a los que beneficiaba. Más dudas surgen al revisar el currículum del juez Gálvez. 

En 1972, y con 25 años, Gálvez era secretario privado del gobernador de Neuquén Pedro Salvatori, nombrado por el dictador Alejandro Agustín Lanusse; luego durante la dictadura cívico militar, estuvo en la Delegación Regional San Juan del Ministerio de Trabajo; en democracia fue Diputado Provincial por el menemismo desde el año 1991 a 1995. Después, del 2006 al 2010, ya como juez federal, Gálvez integró el Consejo de la Magistratura de la Nación como representante de los magistrados y por la lista bordó del oficialismo (a la que pertenece el actual consejero y camarista Ricardo Recondo); desde el 2009 Gálvez votó en el Consejo en concordancia con el Diputado Nacional Oscar Aguad. Como juez federal con competencia electoral, Gálvez intervino en todas las elecciones sanjuaninas desde 1999 hasta ahora, por ejemplo ya en 1999 aceptó un amparo de la Alianza para que no asuma Dante Elizondo como senador del PJ en reemplazo de Alfredo Avelín recién elegido gobernador. Además Gálvez integró como subrogante varios Tribunales Orales Federales y Cámaras Federales. Mucha experiencia política la del juez Gálvez, tanto como funcionario, legislador, magistrado y consejero como para no leer lo que se firma sobre dos genocidas condenados 10 días antes.

En octubre de 2010, el juez Gálvez fue denunciado ante el Consejo de la Magistratura de la Nación (un mes después de dejarlo), junto al camarista Julio Demetrio Petra y el juez federal sanjuanino Leopoldo Rago Gallo, cuando integró la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, que apartó al juez federal Walter Bento de la investigación contra los camaristas federales Otilio Roque Romano y Luis Miret, imputados de haber omitido investigar y/o denunciar torturas y vejaciones a los detenidos en el Departamento de Informaciones (D2) de la Policía mendocina entre otros delitos.

Un poco después, el 2 noviembre de 2010, Gálvez, hizo lugar rápidamente a la presentación de la Cámara de Minería y la CGT local y concedió la cautelar que suspendió la aplicación de varios artículos de la Ley de presupuestos Mínimos para la Protección de los Glaciares (Ley 26.639), sancionada poco antes por el Congreso Nacional y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional el 28 de octubre, sólo cuatro días antes. La cautelar estuvo vigente hasta que, en julio del 2012, la Corte Suprema de Justicia revocó la medida que impedía la vigencia plena de la Ley de Glaciares en San Juan.

lunes, 12 de agosto de 2013

La fuga de los genocidas De Marchi y Olivera ¿Quién es el juez Rago Gallo?


Primera Parte



El Dr. Lepoldo Rago Gallo llevó la instrucción y elevó a juicio oral la causas de Jorge Antonio Olivera y Gustavo Ramón De Marchi y estos represores ya se habían fugado mientras el juez Rago Gallo hacía esa instrucción, el primero estuvo prófugo hasta que fue detenido en el 2008. Por su parte De Marchi se fugó en octubre de 2010, cuando la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza resolvió excarcelarlo junto a otros imputados, de estos algunos fueron detenidos otra vez como Jorge Horacio Paez y Juan Francisco Del Torchio, y otros como Eduardo Daniel Vic siguen prófugos. Como veremos Rago Gallo ya sabía desde el año 2000 que Olivera fraguaba evidencia y del riesgo de fuga.

Este juez ha tenido fallos controversiales, así como en el 2008 dictó la detención y el embargo al genocida Jorge Antonio Olivera y antes procesó a varios genocidas, poco después ordenó la excarcelación del represor Alejandro Víctor Manuel Lazo, a quien condenaron a 10 años de prisión en el mismo juicio que los fugados. En junio del 2009, le concedió la prisión domiciliaria al genocida Luciano Benjamín Menéndez, quien había sido condenado el año anterior a perpetua, esta medida fue suspendida por el juez federal de La Rioja Daniel Herrera Piedrabuena, que mandó un exhorto a la justicia cordobesa para que Menéndez sea trasladado al penal de Bower. 

El 29 de diciembre del 2009 el juez federal Rago Gallo fue uno de los cuatro primeros jueces que suspendió la ley de medios (26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual), junto a los jueces Edmundo Carbone y Miguel Medina, cuando aceptó el amparo presentado por "Jorge Estornel S.A y Otros", que incluye al grupo Vila de Mendoza, dueño del Canal 8 de San Juan, Canal 7 Mendoza,  Canal 6 de San Rafael, la operadora de cable Supercanal, América TV, América 24, 14 radios AM y FM y el Diario Uno. 

En octubre del 2010 Rago Gallo integró la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza, junto al camarista Julio Demetrio Petra y el otro juez federal sanjuanino Miguel Ángel Gálvez, esta cámara resolvió apartar al juez federal Walter Bento de la investigación contra los camaristas federales Otilio Roque Romano y Luis Miret, imputados de haber sido presuntamente cómplices durante la dictadura cívico miltar, por esto los tres fueron denunciados ante el Consejo de la Magistratura de la Nación. Un mes después la constitución de la Cámara Federal fue cambiada por una orden dada por la Cámara Nacional de Casación Penal, así integrada por Roberto Naciff, Hugo Carlos Echegaray y Pedro Humberto González, repusieron al juez Walter Bento al frente de la investigación.

Pero, como se dijo, hay un caso anterior que relaciona a Rago Gallo con Jorge Antonio Olivera. Este represor fue detenido el 6 de agosto del 2000 en el aeropuerto de Fiumicino en Roma por pedido de la justicia francesa, y estuvo 42 días detenido en la cárcel italiana de Regina Coeli, hasta que fue liberado por la acción de sus abogados en Italia. Esos eran Augusto Sinagra, también abogado del gran maestre de la logia P2 Licio Gelli (ver detalles más adelante en otra nota), y el letrado de extrema derecha Marcantonio Bezicherique, quienes lograron que los jueces italianos de Corte de Apelaciones liberaran a Olivera sobre la base de un documento falso. La estrategia que diseñaron sus defensores para liberarlo se inició en San Juan, el 6 de septiembre del 2000, cuando el Juez Leopoldo Rago Gallo, permitió que dos de los abogados argentinos de Olivera, Jorge Appiani y Jorge González Pagnanelli, fotocopiaran el expediente sobre Marie Anne Erize Tisseau (secuestrada en San Juan el 15 de octubre de 1976 y aún desaparecida), en el que estaba imputado Olivera como miembro del grupo de tareas. El 14 de septiembre llegaron por fax a la Cámara de Apelaciones de Roma esas fotocopias del expediente y le agregaron un certificado de defunción falso, en el que figuraba como fecha de fallecimiento de Marie Anne Erize el 11 de noviembre de 1976, así los jueces italianos liberaron al represor la semana siguiente. Al estar libre Olivera volvió inmediatamente a la Argentina, donde por la vigencia de las leyes de obediencia debida y punto final estaba a salvo de cualquier proceso y podía continuar, como abogado, en la defensa del genocida y miembro nº 609 de la logia P2, Carlos Guillermo "pajarito" Suárez Mason. Aunque no pudo hacerlo con su propio padre, el genocida Jorge Olivera Rovere, ex subcomandante del Primer Cuerpo de Ejército y condenado a perpetua en el 2009. Rago Gallo se despegó del incidente diciendo que en el expediente “no figura ninguna partida de nacimiento ni certificado de defunción” de Marie Anne Erize (La Nación 21 de septiembre de 2000). 

sábado, 13 de julio de 2013

Prisión perpetua para tres represores en San Juan por delitos de lesa humanidad


Olivera,  Martel, Gómez, Nieto y Lazo, en el juicio
Luego de 20 meses de juicio oral, el pasado jueves 4 de julio, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) de San Juan, integrado por los jueces Héctor Cortés, Raúl Fourcade y Alejandro Piña, dio a conocer la sentencia en "fallo definitivo y unánime", por crímenes de lesa humanidad. En general el fallo concidó con lo pedido en mayo pasado por el fiscal Mateo Bermejo, quien tuvo el apoyo del fiscal Dante Vega.

A los genocidas Horacio Julio Nieto (el único expolicía), Orlando Martel y Jorge Antonio Olivera se los condenó a la pena de prisión perpetua;  a Juan Francisco Del Torchio, Gustavo Ramón De Marchi y Daniel Gómez, a la pena de 25 años de prisión. mientras que el represor Alejandro Manuel Lazo, recibió una pena de 10 años de de prisión, cinco años menos que lo que pidieron los fiscales. Salvo Nieto y Lazo que mantendrán la prisión domiciliaria, los otros genocidas irán donde lo decida el Servicio Penitenciario Federal.

A todos se los condenó por los delitos de homicidio, violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad, tormentos, violación, abuso deshonesto y asociación ilícita durante la dictadura cívico miltar, en perjuicio de 60 víctimas como Edgardo Fábregas, Marie Anne Erize, Rogelio Roldán, Juan Luis Neffa, María Cristina Anglada, César Gioja, Juan Carlos Rodrigo, Elías Alvarez, Daniel Illanes, José Abel Soria Vega, Margarita Camus,  Víctor Carbajal, María Cristina Anglada, Hilda Díaz, Silvia Guilbert y Lidia Paparelli entre otros. Todos secuestrados y torturados en el en el Regimiento de Infantería de Montaña (RIM) 22 en San Juan.

El TOF  ordenó al  juez federal de San Juan Leopoldo Rago Gallo, que investigue a 12 represores del ejército y de la gendarmería, quienes actuaron como instructores de los sumarios militares a los que fueron sometidas las víctimas de los delitos de lesa humanidad en el RIM 22.

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