miércoles, 17 de octubre de 2012

Vetos, cautelares y plegarias para frenar el aborto no punible

En marzo de este año la Corte Suprema de Justicia de la Nación dio a conocer un fallo unánime en el que se declaraba no punible un aborto realizado a una adolescente de 15 años, cuyo embarazo era producto de una violación. De esta manera, la Corte sentaba jurisprudencia respecto a que no era necesaria autorización judicial para realizar esta práctica médica en los casos contemplados por la legislación argentina. En el texto  de la acordada de esa sentencia recomendaban la implementación de protocolos en hospitales, con lo que médicos y pacientes no sufrirían más sanciones.

Este, significó un avance en la regulación de las prácticas clandestinas de abortos, que causan 1 de cuatro muertes de mujeres embarazadas (Observatorio de Salud Sexual y Reproductiva de la República Argentina, con datos oficiales del Ministerio de Salud de la Nación, 2011). Sin embargo un arsenal de medidas burocráticas promovido por sectores conservadores buscaron detener la implementación de las recomendaciones del citado fallo. Con ello, funcionarios, jueces y grupos ultracatólicos se lanzaron a una cruzada por la revictimización de las mujeres víctimas de violaciones y abusos. 

Los gobiernos de provincias como Chubut, Chaco y Santa Fe pusieron en vigencia protocolos que cumplen con el fallo de la Corte Suprema de Justicia sobre la no punibilidad del aborto. Otros, como el gobierno de Mendoza y el Salta se opusieron al fallo, en un principio.

En otros distritos como la Ciudad de Buenos Aires, el protocolo se hizo en contradicción con el código penal y el mismo fallo de la Corte. El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires interpuso procedimientos administrativos que retrasan la atención médica de las mujeres. La reglamentación, que le costó el cargo al ahora ex Ministro de Salud Jorge Lemus, hace más restrictivo el aborto no punible. Natalia Gherardi, directora ejecutiva del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género afirma que el procedimiento establecido exige que “el director del hospital público apruebe los abortos, cuando no hay razón para que intervenga en ninguna práctica médica”. Además, el procedimiento exige la autorización de un representante legal para las menores de 18 años y un límite de 12 semanas de gestación. El protocolo colisiona contra el Código Civil que establece los 14 años como edad de consentimiento de las prácticas médicas. Además excluye a aquellas mujeres que sufrieron violaciones y detectaron tardíamente el embarazo, que son una gran parte de las víctimas de este delito.

En septiembre entró en la Legislatura porteña un proyecto que reglamenta la realización de los abortos no punibles en la Ciudad. En el debate, la legisladora de Nuevo Encuentro Gabriela Cerruti se había adelantado al desenlace de hechos que seguirían a la aprobación de la ley: “Agradezco también que el oficialismo hoy esté dando esta discusión, ojalá se respete la decisión de la Legislatura. Abogo porque esta decisión siga teniendo en cuenta los derechos de las niñas, de las mujeres. Discutamos sobre el derecho de cada una a decidir sobre su vida y sobre su cuerpo.” El alcalde porteño Mauricio Macri vetó la ley aprobada esa noche por 30 votos contra 29. Luego del veto a esta ley -el veto número 105 de su gestión-, el empresario y dirigente del PRO fue partícipe de otro escándalo. 

La interrupción del embarazo de una mujer víctima de una violación debía realizarse en el Hospital Ramos Mejía. La intervención fue suspendida por la jueza Myriam Rustan de Estrada que hizo lugar a una medida cautelar presentada por un grupo ultrareligioso. En un clima de repudio social, la Corte Suprema volvió a intervenir dejando sin efecto la suspensión ordenada por la jueza y autorizando a la realización de la práctica médica a la paciente.
Tras el fallo de la corte Macri fue denunciado penalmente por incumplimiento de sus deberes como funcionario público. Macri reveló públicamente datos de la mujer en clara violación de la ley 1845, norma que protege los datos de las personas que se atienden en el sistema de salud. El titular del poder ejecutivo porteño había dado a conocer los datos que revelaban la identidad y lugar donde residía la mujer en un acto con empresarios y referentes allegados.

La revictimización de la mujer por parte de los grupos fundamentalistas no cesó. El Capellán del Ramos Mejía, Fernando Llambías, realizó un "escrache" frente a la casa de la mujer, junto a los activistas ultracatólicos, presionándola con rezos para que cambie su decisión. El cura, que espera el nombramiento del Gobierno porteño, se ausentó del nosocomio en los últimos días evitando la protesta de quienes integran la Campaña Nacional por un Aborto Legal, Seguro y Gratuito, y otras organizaciones políticas, barriales y sindicales, entre ellas la CTA. Mujeres y varones reclamaron además la real separación Iglesia – Estado, pidiendo la destitución del Capellán bajo la consigna: “El cura no cura. La Iglesia fuera del hospital”.

Recientemente se sumó el caso del magistrado santafesino Claudio Bermúdez, que también volvió a contradecir el fallo de la Corte. A pesar del fallo dictado por la máxima autoridad judicial del país, el juez hizo lugar a una cautelar presentada por el Partido Demócrata Cristiano de esa provincia. En sus argumentos el juez había citado una cautelar concedida el grupo ultra católico “Portal de Belén”.

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