martes, 12 de noviembre de 2013

Se fuga otro genocida imputado en una causa del 5º cuerpo de Bahía Blanca

Hoy se fugó caminando Alejandro Lawless de 66 años, cuando era trasladado hacia la unidad n°28 de los Tribunales en  la calle Lavalle de la Ciudad de Buenos Aires, por la Policía de Seguridad Aeroportuaria. Lawless está imputado con otros 28 represores ex miembros del Ejército, del servicio penitenciario bonaerense y de las policías federal y provinciales por delitos de lesa humanidad cometidos en Bahía Blanca, Río Negro, Neuquén. La causa fue elevada a juicio oral por el juez Santiago Ulpiano Martínezen julio del 2012. El represor  Lawless fue jefe de compañía del Batallón de Comunicaciones 181 durante la dictadura cívico militar; a pesar de los reclamos de la fiscalía estuvo excarcelado hastahace poco, aunque estuvo más de un año profugo entre el 2009 y el 2010, cuando se entregó y se inició su procesamiento en el Juzgado Federal N° 1 de Bahía Blanca, en ese momento se la concedió la excarcelación.

El 09 de junio de 2011 a Alejandro Lawless se le dictó el procesamiento y prisión preventiva (arts. 306 y 312 del CPPN)  por considerarlo prima facie partícipe necesario (art. 45 del CP) de los delitos de: a)- privación ilegal de la libertad agravada por amenazas y violencias (art. 144 bis inc.1̊ y último párrafo en función del art. 142 inc. 1̊ del Código Penal según leyes 14.616, 20.642 y 21.338), de los que resultaran víctimas: María Felicitas BALIÑA, Simón León DEJTER, Héctor FURIA, Jorge Hugo GRISKAN, Liliana Beatriz GRISKAN, Raúl GRISKAN, María Cristina JESSENE de FERRARI y Braulio Raúl LAURENCENA; b)- privación ilegal de la libertad agravada por amenazas y violencias (art. 144 bis inc.1̊ y último párrafo en función del art. 142 inc. 1̊ del Código Penal según leyes 14.616, 20.642 y 21.338), en concurso real (art. 55, CP) con imposición de tormentos (art. 144 ter, 1er. párr. del Código Penal conforme ley 14.616) de los que resultaran víctimas: Mirna Edith ABERASTURI, Carlos CARRIZO, Claudio COLLAZOS, Estela Clara DI TOTO de LÓPEZ, Daniel Osvaldo ESQUIVEL, Guillermo Pedro GALLARDO, Alberto Adrián LEBED, Gustavo Darío LÓPEZ, Horacio Alberto LÓPEZ, Sergio Ricardo MENGATTO, Héctor Enrique NÚÑEZ, Vilma Diana RIAL de MEILÁN, Manuel VERA NAVAS, Emilio Rubén VILLALBA, Sergio Andrés VOITZUK y Renato Salvador ZOCCALI; c)- privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida con amenazas y violencias con una duración mayor a un mes (art. 144 bis inc.1̊ y último párrafo en función del art. 142 incs. 1̊ y 5̊ del Código Penal según leyes 14.616, 20.642 y 21.338) en perjuicio de Hugo Washington BARZOLA y Estrella Marina MENNA de TURATA; d)- privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida con amenazas y violencia con una duración mayor a un mes (art. 144 bis inc.1̊ y último párrafo en función del art. 142 incs. 1̊ y 5̊ del Código Penal según leyes 14.616, 20.642 y 21.338), en concurso real (art. 55, CP) con imposición de tormentos (art. 144 ter, 1er. párr. del Código Penal conforme ley 14.616) de los que resultaran víctimas: Jorge Antonio ABEL, Gustavo Fabián ARAGÓN, Héctor Juan AYALA, Néstor Daniel BAMBOZZI, Víctor BENAMO, Oscar Amilcar BERMÚDEZ, Pablo Victorio BOHOSLAVSKY, Mario Rodolfo Juan CRESPO, Luis Miguel GARCÍA SIERRA, José Luis GON, Héctor Osvaldo GONZÁLEZ, Eduardo Alberto HIDALGO, Susana Margarita MARTÍNEZ, Mario Edgardo MEDINA, Oscar José MEILÁN, Juan Carlos MONGE, Alicia Mabel PARTNOY, María Cristina PEDERSEN, José María PETERSEN, Eduardo Gustavo ROTH, Julio Alberto RUIZ, Rubén Alberto RUIZ, Carlos Samuel SANABRIA, Rudy Omar SAIZ, Gladis SEPÚLVEDA, Élida Noemí SIFUENTES, Orlando Luis STIRNEMAN y Francisco VALENTINI; e)- privación ilegal de la libertad agravada por haber sido cometida con amenazas y violencias (art. 144 bis inc.1̊ y último párrafo en función del art. 142 inc. 1̊ del Código Penal según leyes 14.616, 20.642 y 21.338), en concurso real (art. 55, CP) con imposición de tormentos de los que resultaron lesiones gravísimas (art. 144 tercero, inc. 2 del Código Penal texto actual, arg. art. 2 del CP) en perjuicio de: Nélida Esther DELUCHI; f)- privación ilegal de la libertad agravada por amenazas y violencias (art. 144 bis inc.1̊ y último párrafo en función del art. 142 inc. 1̊ del Código Penal según leyes 14.616, 20.642 y 21.338), en concurso real (art. 55, CP) con imposición de tormentos (art. 144 ter, 1er. párr. del Código Penal conforme ley 14.616), en concurso real (art. 55, CP) con homicidio agravado por alevosía y por el concurso de tres personas por lo menos (art. 80 incs. 2̊ y 6̊ del Código Penal según ley 21.338) de los que resultaron víctimas: Daniel José BOMBARA, Néstor Alejandro BOSSI, María Eugenia GONZÁLEZ de JUNQUERA, Néstor Oscar JUNQUERA, Dora Rita MERCERO de SOTUYO, Mónica MORÁN, Julio MUSSI, Luis Alberto SOTUYO y Susana Elba TRAVERSO de BOSSI; g)- privación ilegal de la libertad agravada por amenazas y violencias con una duración mayor a un mes (art. 144 bis inc.1̊ y último párrafo en función del art. 142 incs. 1̊ y 5̊ del Código Penal según leyes 14.616, 20.642 y 21.338), en concurso real (art. 55, CP) con imposición de tormentos (art. 144 ter, 1er. párr. del Código Penal conforme ley 14.616), en concurso real (art. 55 C.P.) con homicidio agravado por alevosía y por el concurso de tres personas por lo menos (art. 80 incs. 2̊ y 6̊ del Código Penal según ley 21.338) de los que resultaron víctimas: Juan Carlos CASTILLO, Nancy Griselda CEREIJO, Cristina Elisa COUSSEMENT, Ricardo Gabriel DEL RÍO, María Angélica FERRARI, Raúl FERRERI, Pablo Francisco FORNASARI, Elizabeth FRERS, Ricardo GARRALDA, César Antonio GIORDANO, Estela Maris IANNARELLI, Carlos Mario ILACQUA, María Graciela IZURIETA, Zulma Araceli IZURIETA, Fernando JARA, Andrés Oscar LOFVALL, Roberto Adolfo LORENZO, Zulma Raquel MATZKIN, Raúl Eugenio METZ, José Luis PERALTA, Carlos Alberto RIVERA, María Elena ROMERO, Graciela Alicia ROMERO de METZ, Darío José ROSSI y Gustavo Marcelo YOTTI; h)- homicidio agravado por alevosía y por el concurso de tres personas por lo menos (art. 80 inc. 6̊ del Código Penal según ley 21.338) en perjuicio de Patricia ACEVEDO, Daniel Guillermo HIDALGO, Olga Silvia SOUTO CASTILLO y Manuel Mario TARCHITZKY; y i)- sustracción de menores (art. 146, Código Penal), que tuvo por objeto a los hijos de María Graciela IZURIETA y Graciela Alicia ROMERO de METZ.
Por todos estos delitos estaba esperando el jucio oral


 Hay que recordar que desde mayo del 2013 el genocida  Carlos Alberto Arroyo, está prófugo en otra causa (la 1067),  por  delitos cometidos en el ámbito del V Cuerpo del Ejército en Bahía Blanca.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Más vistos

@ddhhctera

Archivo